Actualizado el viernes, 4 noviembre, 2022
Es esencial la responsabilidad de gobernantes y sociedad civil en la lucha contra la propagación del coronavirus, el apoyo a la ciencia y los servicios de salud… para que dentro de unos años, este proyecto fotográfico no se repita con las muertes de la terrible pandemia internacional que estamos sufriendo.
En el año 2010 tuve la oportunidad de asistir a una exposición fotográfica en Buenos Aires que me causó una gran perturbación. Su título ya era revelador de lo que el asistente no podría encontrar en las instantáneas.
Bajo el nombre de «Ausencias» el fotógrafo argentino Gustavo Germano ha dedicado una obra en homenaje a la gente que desapareció en Argentina y Brasil durante la dictadura militar.
Reconstruyó fotografías de los álbumes de 25 familias mucho tiempo después de haber sido realizadas, exactamente en los mismos lugares en los que fueron tomadas.
Bajo el nombre de «Desaparecidos» se conoce a las personas que fueron víctimas del crimen de desaparición forzada durante el gobierno militar de la Argentina autodenominado Proceso de Reorganización Nacional (1976-1983) y que se estima en unas 30.000 personas detenidas-desaparecidas y asesinadas en ese mismo período.
Los gobiernos militares del período de 1976 a 1983 impulsaron la persecución, el secuestro, la tortura y el asesinato de manera secreta y sistematizada de personas por motivos políticos y religiosos en el marco de lo que se conoce como el Terrorismo de Estado en Argentina.
La Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas, firmada en 1994, lo considera como un delito de lesa humanidad imprescriptible y lo define del siguiente modo:
Se considera desaparición forzada la privación de la libertad a una o más personas, cualquiera que fuere su forma, cometida por agentes del Estado o por personas o grupos de personas que actúen con la autorización, el apoyo o la aquiescencia del Estado, seguida de la falta de información o de la negativa a reconocer dicha privación de libertad o de informar sobre el paradero de la persona, con lo cual se impide el ejercicio de los recursos legales y de las garantías procesales pertinentes.
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