Actualizado el viernes, 17 febrero, 2023
La gran mayoría de las agresiones sexuales y violaciones (80%) nunca se denuncian a la policía y nunca se denunciarán. La mayoría de los ataques ocurren por parte de alguien conocido o de confianza. Obligar a los sobrevivientes a reconocer, revivir y convencer a extraños en público de lo que les sucedió es extremadamente traumático.
Los peligros de ridiculizar el feminismo
Demonizar o ridiculizar el feminismo es un acto político y social en el que no debemos caer. El feminismo es necesario tanto para la protección de las mujeres (económica, física y social) como para el desarrollo de las necesarias y olvidadas “nuevas masculinidades”.
María Hidalgo @disenosocialorg
Europa registra 215.000 crímenes sexuales al año, un tercio de ellos violaciones. Igualmente alarmante es el hecho de que pocos países europeos se tomen este delito con la seriedad que deberían, tanto en la ley como en la práctica. En todos los juicios sobre violaciones se repite la misma pregunta: ¿se ha defendido la víctima o no de la violación?.
7,2% de las mujeres han sufrido una agresión sexual
Sólo en el 18% de los casos la agresión era de un desconocido mientras en ocho de cada diez, había sido un conocido (47,1%) o un pariente (23,2%). Expertos, legisladores y organizaciones sociales coinciden en que la lucha contra la violencia sexual es una de las grandes asignaturas pendientes en España, un país donde se denuncia de media una violación cada ocho horas, algo más de tres al día, y donde sin embargo, no hay más datos que una macroencuesta sobre violencia de género realizada en 2015 de la que se deducía, extrapolando los resultados, que más de un millón setecientas mil mujeres y niñas que viven en el país han sufrido una agresión sexual alguna vez en su vida. Son el 7,2% de la población femenina.
Hemos dado por hecho que si alguien te ataca, la respuesta universal e inquebrantable sería defenderte, creencia impuesta donde tus instintos de supervivencia hacen que tu mente y tu cuerpo entren en acción. Por lo que, según esta teoría, solo podrían violar a una mujer si consiguen dominarla físicamente sin tener en cuenta la intimidación o el contexto.
Tras la polémica por la sentencia de La Manada, en España también se ha abierto el debate sobre la necesidad de abordar cambios legales tanto por considerar la inmovilidad tónica como el consentimiento afirmativo como variables legales.
«Las denuncias falsas por violencia de género son irrelevantes. En 14 años como juez instructor habré visto 6, máximo 7. Lo que sí es relevante son las mujeres que desconfían del sistema judicial y que no tienen instrumentos para salir del maltrato».
Joaquim Bosh, magistrado.
La interpretación actual del problema de la violencia contra las mujeres, que pone el foco en las manifestaciones explícitas y más brutales (como agresiones físicas y asesinatos), resulta reduccionista y oscurece otros elementos que no son en absoluto secundarios, como la prevención y sensibilización.
De 33 países europeos, sólo 9 reconocen la simple verdad de que el sexo sin consentimiento es violación (contando por separado las tres jurisdicciones de Reino Unido).
Inmovilidad tónica durante la violación
Sin embargo, un estudio publicado en Harvard Review of Psychiatry y en Acta Obstetricia et Gynecologica Scandinavica, ha desvelado que otro de nuestros mecanismos de defensa es la parálisis involuntaria.
El concepto clave es la inmovilidad tónica (TI), una conocida respuesta reflexiva e involuntaria a estímulos inductores de miedo, puede ayudar a explicar la parálisis y la «congelación» de muchas víctimas de violación.
Consiste en bloquear la resistencia activa. Los investigadores lo han llamado «inmovilidad tónica«, un término clave para cambiar la manera en que se trata la violación en un juicio y en los hospitales ya que las pruebas recientes demuestran que sin ser un nuevo «descubrimiento», este se produce con mayor frecuencia e intensidad de lo estudiado hasta ahora.
La inmovilidad tónica es descrita en estos estudios como un estado involuntario y temporal de inhibición motora como respuesta a situaciones que conllevan un miedo intenso. También incide en las implicaciones emocionales como el estrés postraumático (TEPT) o la depresión aguada que sufre la víctima tras el ataque.
El estudio que lo cambiará todo (pero aún no tienen en cuenta en España) . Actualización Octubre 2018
La importancia de este estudio muestra las implicaciones emocionales pero sobre todo de responsabilidad moral y judicial. Sus conclusiones demuestra que hay un número considerable de víctimas que no resisten al atacante de forma involuntaria.
De todas las mujeres, el 70% experimentó una inmovilidad tónica significativa y de las cuales el 48% llegó a sentir una movilidad tónica extrema durante el abuso. De las 189 mujeres que completaron la evaluación de seis meses, 38,1 por ciento había desarrollado TEPT y 22,2 por ciento había desarrollado una depresión severa.
Cuando se ve con esta perspectiva, ¿no es aún más ridículo?
Imagen: p8ladas
La definición legal de la violación basada en la ausencia de consentimiento no es nueva ni innovadora. Es una norma internacional reconocida de derechos humanos. El Convenio del Consejo de Europa sobre Prevención y Lucha contra la Violencia contra las Mujeres y la Violencia Doméstica (Convenio de Estambul), ampliamente considerado el marco jurídico más completo hasta la fecha para combatir la violencia contra las mujeres y niñas, obliga a los países firmantes a penalizar todo acto de carácter sexual realizado sin consentimiento. A pesar de que el Convenio de Estambul ha sido ratificado por más de 20 Estados europeos, la mayoría de ellos no han modificado aún sus definiciones legales de violación.
¿Por qué no se considera una violación sin resistencia violenta?
Sin embargo, en la actualidad, si una víctima no manifiesta resistencia expresa, muchos tribunales no consideran que haya un caso de violación o agresión sexual ya que consideran que hay un consentimiento «implícito». ¿Qué tienen en cuenta algunos jueces y legisladores a la hora de juzgar una violación? Algunos ejemplos:
– El juez canadiense Robin Camp a una víctima de abuso sexual durante un juicio: «¿No podías haber mantenido las rodillas juntas?», le preguntó Camp a la víctima. «¿Por qué no bajaste el culo para que no te pudiera penetrar?»
– La jueza española María del Carmen Molina Mansilla preguntó a una víctima de violación: «¿Cerró las piernas, toda la parte de los órganos femeninos?»
– La Audiencia de Barcelona condeno sólo a seis años y medio de cárcel a un hombre que penetró a una sobrina menor de edad porque, a diferencia del fiscal, que pedía 14 años de cárcel por agresión sexual, cree que el acusado no utilizó la fuerza porque la menor no opuso resistencia al quedar en estado de shock.
De hecho, si la víctima va borracha es un atenuante para el violador. Y si el violador va borracho, también es un atenuante para el violador:
Cambiaría sentencias como la violación múltiple de La Manada
– «¿Se opuso usted al violador?» es la pregunta clave del juez Ricardo González a la joven que sufrió una violación múltiple en San Fermines. En 2012, el juez formuló esta misma pregunta a la víctima de otra violación. En aquel caso, la mujer respondió que se resistió a su agresor, que forcejeó y se negó explícitamente. Ante esa respuesta, el juez condenó al agresor sólo a 9 años de cárcel .
Ahora, en el caso de esta violación múltiple opta por la ABSOLUCIÓN porque la chica «no mostró oposición explícita».
Actualización Abril 2018: Sentencia del Juicio por Ricardo Gonzalez
La Audiencia de Navarra condena a nueve años de prisión a los cinco acusados por un delito continuado de abuso sexual y les absuelve del delito de agresión sexual que pedían la Fiscalía y la acusación. El Código Penal entiende que en el abuso sexual no media «violencia e intimidación», como sí lo hace en el delito de agresión sexual. Esto dice la sentencia:
A pesar de la dureza de lo que acabáis de leer, el delito por el que han sido condenados, abuso sexual, como actos que atenten contra la libertad sexual «sin violencia e intimidación» y sin que medie consentimiento. Sí, has leído bien. También han sido absueltos de un delito contra la intimidad y solo uno ha sido condenado a 900 euros de multa por el hurto del móvil de la joven: Antonio Manuel Guerrero, que confesó el robo.
Además de los nueve años de condena (que los expertos consideran que terminarán siendo 3 años reales), el tribunal les ha impuesto la prohibición de acercarse a la víctima a una distancia inferior a los 500 metros y la prohibición de comunicación con la víctima durante 15 años (¿Por qué sólo durante 15 años?).
Uno de los problemas más graves de los casos de violación y acoso sexual es que la actual cultura de la violación que justifica al agresor y culpa a la víctima es que no se tienen consciencia de la gravedad del delito y por tanto, de la gravedad del peligro de reincidencia. Es decir, aunque las sentencias culpen durante meses o años al agresor, al salir de la cárcel el sistema judicial se asegura un «castigo» en lugar de una «reinserción real».
Los integrantes de «La manada» no sólo están acusados de robo. Hay otra investigación por acoso vinculada a ellos.La otra causa abierta es la que la asume el juzgado cordobés desde el mes de octubre de 2016, cuando el titular del Juzgado de Instrucción número 4 de Pamplona le comunica el hallazgo de un vídeo donde ve indicios de abusos a una joven de Pozoblanco.
El problema de la reincidencia consentida socialmente para los violadores y acosadores
El instructor del caso de La Manada en Pamplona halló en la investigación un vídeo en un coche en el que uno de ellos graba a los demás besando, manoseando y riéndose de la víctima, completamente desnuda en el asiento de atrás y en un estado de profunda inconsciencia.
En el video se aprecia como la joven al empezar a tomar conscienca se vistió y se colocó en el asiento del copiloto donde uno de ellos la golpeó según la investigación «dos veces en la cara y otra en el brazo» al negarse a su petición de hacerle una felación al piloto, tal y como explica el juez instructor de Pamplona en el auto judicial. Otro grave delito y otra víctima que «La manada» deja a su camino.
¿Cuántas violaciones habrán cometido antes de ser detenidos? ¿Cuántas más cometerán al salir de la cárcel?
Otros casos de Ricardo Javier González González:
Este juez ya absolvió a un padre de abusos a su hija menor porque la niña que había recibido los abusos no se mostraba “inquieta o perturbada”
El magistrado perteneciente a la Sala Segunda de la Audiencia Provincial de Navarra dictó en diciembre de 2015 un fallo absolutorio a un padre al que el Ministerio Fiscal solicitaba siete años de prisión, inhabilitación especial para la patria potestad de sus hijos durante cinco años y prohibición de acercamiento a su hija a una distancia de 300 metros durante cinco años, después de que varios testigos denunciaran que el acusado entró en un autobús público de la capital navarra “y con ánimo lascivo y libidinoso comenzó a tocar el trasero de la niña, tras meterle la mano dentro del pantalón y dentro de la braga mientras le decía: ‘A ti te tocan tu padre y tu madre’”.
El magistrado argumentó en este caso que la niña “no mostró signo alguno de encontrarse o sentirse incómoda, intranquila, inquieta o perturbada, ni mediante palabra ni por medio de gestos o cualquier tipo de acción que llamase la atención ni del conductor del autobús ni de otros viajeros” según recogen en su noticia Diario16.
Mensaje de Avaaz:
Queridas amigas de España:
Se me caen las lágrimas de la indignación y de la rabia. Los miembros de La Manada han sido sentenciados a 9 años de cárcel por un delito de abusos sexuales, no por violación. Parece increíble que la Audiencia de Navarra no haya sabido entender que no resistirse a un ataque sexual en grupo es una cuestión de supervivencia y que eso no significa que no exista “violencia ni intimidación”. La defensa de la superviviente no está de acuerdo con la sentencia y va a apelar al Tribunal Supremo — mandemos miles de voces de apoyo que digan #HermanaYoSíTeCreo. Únete y compártelo con todo el mundo firmando esta carta: Al Tribunal Superior de Justicia de Navarra, y al Tribunal Supremo: «Como ciudadanas y ciudadanos estamos alarmados por la sentencia a La Manada que les condena por abuso sexual, y no por crímenes de violación. Apoyamos el recurso de la defensa ante el Tribunal Superior de Justicia de Navarra y ante el Tribunal Supremo, les pedimos que lo acepten, y que la nueva sentencia haga justicia.»
Guía Jurídica: qué hacer si has sido víctima de una violación
Si te han violado, este vídeo te da las indicaciones que tienes que seguir para poder denunciarlo y evitar que el agresor quede suelto y su crimen, impune. Si quieres ampliar información sobre este vídeo, aquí tienes un artículo de Magnet que lo completa con los datos aportados por el abogado español José Luis Prieto.
Con vídeos como este está claro que todavía queda mucho por avanzar, pero nos ayuda a darnos cuenta de las diferentes realidades en las que podemos vernos envueltos sin, ni siquiera, darnos cuenta de ello. Podemos ser hijos de una cultura, pero siempre revelarnos ante ella en los aspectos que necesitan ser eliminados o cambiados. ES NUESTRA RESPONSABILIDAD SOCIAL por todos los derechos que otros ciudadanos conquistaron y que hoy disfrutamos nosotros: derecho a huelga, sanidad, paro, divorcio, matrimonio igualitario…
Cultura de la Violación Internacional y situación en España
“Mi violador no sabe que es un violador. Tú le enseñaste que no era su culpa. Yo bebí mucho, coqueteé y mi pantalón era demasiado corto. Yo lo estaba pidiendo. Él me dejó tirada en las escaleras de un parking. Mi (ex)novio me escupió en la cara. Me llamó perra, me llamó una puta. Lo merecía. Mis amigos vieron horrible lo que hice. Me llamaron basura, sin darse cuenta que pudieron haber sido ellos. Esta cultura, mi cultura, tu cultura les dijo, me dijo que era mi culpa. Y sufrí, pero mi violador no sabe que es un violador.”
Nacer niña supone, todavía hoy en día, tener que asumir unos riesgos que nos avergüenzan a todos como sociedad. Debemos concienciarnos y educar a los más pequeños para que no reproduzcan actitudes que pongan en riesgo la igualdad entre hombres y mujeres, una igualdad necesaria para una sociedad sana.
Este durísimo gráfico diseñado por esceptica.org fue lanzado para como crítica contra las declaraciones del Ministerio del Interior de España que aconseja que las mujeres deben recluirse y vivir en alerta constante si están solas o con desconocidos para evitar violaciones.
La expresión «cultura de la violación» choca contra la propuesta de «redefinir la virilidad» que están liderando algunos líderes sociales. Por contra, esta «cultura» trata de describir una sociedad donde está normalizada la violencia sexual contra las mujeres y contra las sexualidades no normativas.
El término «rape culture» comenzó a utilizarse en los setenta, y su naturalización supone pensar que la violencia sexual siempre ha sucedido y siempre sucederá. Está íntimamente relacionada con ciertas estrategias discursivas como la culpabilización de la «víctima» o el “slut-shaming”, intentar que una mujer se sienta culpable por tener ciertos comportamientos sexuales que no se ajustan a las expectativas normativas de género.
En el decálogo de legitimar socialmente las violaciones, estas acusaciones no son las únicas. Existen otros momentos en los que los derechos humanos han brillado por su ausencia y la esfera política y pública se ha posicionado en favor del violación o el acto de la violación integrándola como una actividad más de nuestra sociedad.
Ricardo Benjumea, redactor jefe de Alfa y Omega, la publicación del Arzobispado de Madrid que se distribuía con el diario Abc, escribió una tribuna que bajo el título «La violación, ¿fuera del Código Penal?» exponía con la posibilidad de despenalizar las agresiones sexuales porque el gobierno de izquierdas que en ese momento gobernaba había reducido el sexo a «simple entretenimiento».
Gloria Casanova, profesora de la Universidad Cardenal Herrera-CEU de Moncada (Valencia) defendió que “el aborto en el caso de violación no es tolerable porque dentro de lo terrible de la violación sacas algo bueno, que es un hijo, un don de Dios”. Pero hay mucho más y en todos los países. ¿Estas segura de que Dios no quiere que te violen y te quedes embarazada? El candidato republicano al Senado por Indiana, Richard Mourdock, defendió en octubre de 2012 que los embarazos provocados por una violación son “algo que Dios quiere que suceda”.
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El congresista republicano afirmó que «si se trata de una violación legítima, el cuerpo de la mujer tiene mecanismos para cerrarse del todo» y así prevenir el embarazo. Su científica teoría seguía la senda que ya inició en 1988 otro republicano, Stephen Freind, que defendió que las posibilidades de que una mujer agredida sexualmente embarazada eran ínfimas porque el cuerpo femenino «segrega unos jugos» que matan al esperma malvado. Si te quedas embarazada, no se trataba de una violación. Los «jugos» te hubieran protegido. WTF?
Y para terminar, os dejamos una bonita camiseta con el lema“Yo reciclo chicas borrachas”. No es una broma, esta prenda se vende en Urban Outtfiter, una de las tiendas más populares en Estados Unidos. Pero eso no pasa en España, ¿no? ¿o sí?
Algunas de las claves del vídeo «It’s Your Fault» basadas en argumentos reales expuestos por medios de comunicación, líderes espirituales o políticos:
1) Esto te pasa por llevar minifalda. Varios estudios científicos demuestran que las mujeres que llevan falda son la mayor causa de violación ¿por qué? Porque los hombres tienen ojos.
2) Te violan porque… ¿qué hacías en la calle a esas horas? ¿Por qué trabajas hasta tarde? ¿Por qué eres independiente? De hecho, ¿por qué trabajas? Si para eso ya están los maridos.
Dato curioso: si es tu marido, no es violación (en India no se considera delito la violación en el matrimonio).
3) Cuéntaselo a la policía india y siéntete más humillada, si cabe. Un policía uniformado espeta a la cámara Eso te pasa por ir con chicos por la calle por la noche, ¿qué lección aprendes? ¡Es tu culpa!
Diferencia entre acoso y coacción sexual
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha establecido en una reciente sentencia que cualquier acción que implique un contacto corporal NO consentido con significación sexual -en la que concurra el propósito de obtener satisfacción de este tipo- supone un ataque a la libertad sexual de la persona que lo sufre y debe ser penado como abuso sexual y no como coacciones. Se trata de hechos que se abordaban como vejación antes de que las faltas desaparecieran de nuestro ordenamiento jurídico.
Se trata de conductas que antes de la ley eran considerada falta de vejaciones.
¿La actual Ley de violencia de género es discriminatoria?
HILO COMPLETO
@gisb_sus Como todo el mundo parece saber lo que dice la ley de #ViolenciaDeGénero (LO 1 /2004), aunque no la hayan leído, voy a explicar aquí LO QUE NO DICE, para que no haya confusiones:
La ley no deroga la presunción de inocencia. Ni uno solo de sus artículos dice de manera implícita o explícita que no se aplique ese derecho fundamental consagrado en artículo 24 CE.
En consonancia, no impone en ningún sitio una inversión de la carga de la prueba. Precisamente por eso, hay absoluciones por falta de prueba, porque en caso de duda se aplica el principio de presunción de inocencia.
En este punto, hay que recordar que absolución por falta de prueba no quiere decir denuncia falsa. Significa, ni más ni menos, que no se ha probado lo que se denunció, como en cualquier otro delito.
La ley tampoco dice en ningún precepto que exista una presunción de veracidad de la denunciante. Su testimonio es prueba testifical, uno de los medios de prueba contenidos en la Ley de Enjuiciamiento Criminal y que se valorará según el principio de libre valoración.
En relación con ello, tampoco dice que se haya de detener al denunciado en cualquier caso. Es más, si se detiene faltando a las garantías sería de aplicación en proceso de Habeas Corpus. Sin embargo, casi nunca se solicita.
La ley no priva automáticamente al denunciado de las visitas sus hijos e hijas. Es más, son multitud los investigados o condenados por maltrato que las tienen. Solo se restringen si existe causa para ello.
La orden de protección no es un privilegio de las mujeres. Es una medida cautelar regulada en ley 27/2003 (anterior a la LIVG) que puede solicitar cualquier persona, hombres o mujeres, en todo el ámbito de la violencia doméstica.
La ley no castiga más al hombre que mata a su mujer que a la mujer que mate a su marido, ni a la que lo viole (si eso fuera posible).
No hay ningún precepto que inste a ocultar cifras sobre hombres maltratados ni nada parecido. Simplemente, no es el objeto de esta ley, sin perjuicio de que el maltrato al hombre se castigue en el Código Penal.
Las víctimas de #ViolenciaDeGénero no son las únicas víctimas de delito que reciben ayudas. Mucho antes, la ley 35/95 establecía ayudas para todo tipo de delitos sexuales y violentos, incluido terrorismo.
A su vez el Estatuto de la víctima (ley 4/2015) establece medidas de protección para víctimas de cualquier delito. En conclusión, la ley no criminaliza a los hombres por el hecho de serlo. Solo criminaliza a los hombres que maltraten a sus mujeres (al igual que una ley contra la xenofobia no criminaliza a las personas de raza blanca sino a las que cometen delitos racistas).
Más información sobre el Mito de la Asimetría Penal en violencia de género.
A raíz de la polémica y peligrosa idea de VOX de eliminar las ayudas por violencia de género voy a explicar mi experiencia.
— Isaac Corrales 🇸🇪 (@isaacfcorrales) 6 de enero de 2019
HILO SOBRE LAS AYUDAS A MUJERES MALTRATADAS.
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