Actualizado el lunes, 3 junio, 2019
¿Es delito robar si es por necesidad? La pregunta puede abrir un interesante debate ético al respecto. En México, por ejemplo, se calcula que existen más de 7 mil hombres y mujeres que están recluidos en la cárcel por haber robado algo para comer.
Según informa la Reporte Indigo el 97 por ciento de las procesos penales que se instruyen contra presos que cometieron el delito de robar alimentos, son acusados por alguna de las tiendas que pertenecen a la Asociación Mexicana de Tiendas Departamentales y de Autoservicio (AMDA), una asociación que mantiene una política inflexible, que no permite otorgar el perdón legal contra los usuarios que sustraen alimentos de sus instalaciones.
Robar por hambre
La noticia saltó el pasado 3 de mayo en varios medios de comunicación cuando el tribunal de casación italiano -el equivalente transalpino al Tribunal Supremo español- absolvió a una persona sin hogar al considerar que el robo de comida por necesidad no debería ser considerado un delito, a pesar de que en una instancia inferior fue condenado a seis meses de prisión por un hurto en un supermercado, según destaca Infolibre.
El ucraniano Roman Ostriakov intentó robar queso y salchichas de un supermercado de Génova en 2011. En total, los productos estaban valorados en 4,07 euros, lo que le costó inicialmente una pena de medio año de cárcel y 100 euros de multa. Según informa el Diario ABC, Roman solo había pagado un paquete de colines, escondiendo lo que había robado. Pero fue retenido antes de salir del supermercado Ecom, en el barrio San Fructuoso de Génova. Fue denunciado por un cliente, que advirtió a los vigilantes. Roman Ostriakov, nacido el 6 de agosto 1980, había cometido anteriormente robos análogos.
El Tribunal ha decidido que “la condición del imputado y las circunstancias en las que ha sucedido la apropiación de la mercancía demuestran que él se hizo con un poco de alimento para afrontar una inmediata e imprescindible exigencia de alimentarse, actuando por lo tanto en estado de necesidad”. Por estas razones, ha sido absuelto y las sentencias de primer y segundo grado anuladas, informa El Periódico.
Numerosos bufetes de abogados se preguntan ahora si el Supremo ha actuado “por espíritu humanitario, rompiendo el rigor de la ley” o bien “siguiendo una lógica de aplicación de las normas”. Otros consideran que el alto tribunal ha sobrepasado “una frontera peligrosa”.
El País, añade que el presidente de la asociación de consumidores Codacons, Carlo Rienzi, celebró la sentencia y alertó de que «en los últimos años de la crisis económica ha aumentado considerablemente el número de ciudadanos» que se ven obligados a robar para llegar a fin de mes. «El Supremo ha establecido un principio sacrosanto: un pequeño robo por hambre no es en modo alguno equiparable a un gesto de delincuencia porque la exigencia de alimentarse justifica el hecho», consideró en un comunicado.
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